Logo
  • Inicio
  • Servicios
  • Clientes
  • Actualizaciones
  • Contáctenos
  • Inicio
  • Servicios
  • Clientes
  • Actualizaciones
  • Contáctenos
Blog Image
Conceptos u Oficios

IMPUESTOS Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA ARTISTAS Y CREADORES DE CONTENIDO

  • Publicado por Grupo Alza
  • On 09/03/2023
  • 0

Con la explosión de las redes sociales como ambiente de comunicación natural de las nuevas generaciones y el gran talento de los colombianos, los ingresos generados por el mundo del espectáculo han crecido exponencialmente en los últimos años en el país. Desde luego, la bonaza producida por el gran talento de los cantantes, actores, managers, creadores de contenido para redes sociales e incluso generadores de opinión (influencers) ha llamado la atención de las autoridades tributarias, pues las actividades artísticas, que mueven miles de millones de pesos al año, deben pagar impuestos como cualquier contribuyente.

Si Usted pertenece a este segmento empresarial, tenga en cuenta las siguientes obligaciones tributarias:

  • Los ingresos producidos están gravados con el Impuesto de Renta. Sin embargo, la tarifa de este impuesto dependerá si desarrolla su actividad como persona natural o a través de una empresa.
  • Al momento de cobrar sus servicios, está obligado a expedir factura electrónica.
  • Al momento de pagar a sus proveedores, debe exigir factura electrónica para que estos costos y gastos puedan ser utilizados en su gestión tributaria y así reducir su pago por impuestos.
  • Si su residencia fiscal es Colombia, debe tributar aquí los ingresos obtenidos en otros países y su patrimonio poseído a nivel mundial.
  • La tarifa de retención en la fuente a título de Impuesto sobre la renta, para actividades culturales y creativas es del 4%.
  • Las personas naturales y jurídicas pueden acogerse al Régimen Simple de Tributación.
  • Dependiendo del valor de tus ingresos anuales, estás obligado a reportar información exógena.
  • Si los servicios prestados corresponden a espectáculos públicos están excluidos de IVA (no se causa IVA). Si los servicios prestados no corresponden a esta categoría (marketing y publicidad en redes sociales o espectáculos privados) estarán gravados con IVA a la tarifa del 19%
  • El desarrollo de actividades culturales no está gravado con Impuesto de Industria y Comercio (ICA).
  • Si un artista extranjero (no residentes en Colombia) presten servicios en espectáculos públicos en Colombia, deberá pagar un impuesto de Renta único del 8% del valor de los servicios. El productor o responsable de la actividad artística será el responsable de practicar esta retención.

Finalmente resaltamos un tema de vital importancia: Los aportes al Sistema de Seguridad Social, que para el caso de cantantes, actores, managers y creadores de contenido para redes sociales deberá liquidare sobre una base mínima equivalente al 40% de lo facturado en el mes.

¿Eres cantante, actor, generador de contenido o influencer? Grupo Alza pone a tu disposición el mejor equipo profesional para gestionar todos sus asuntos legales y tributarios.

¡Evita sanciones y mejora tu rentabilidad y tu flujo de caja!

CONTÁCTENOS

Elaborado por:

El equipo profesional y contable del Grupo Alza S.A.S

IMPUESTOS Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA ARTISTAS Y CREADORES DE CONTENIDO

TAGS: 2023 Comunicado Alza

Previous Post

GOBIERNO FIJA PLAZOS PARA DECLARAR EL IMPUESTO AL PATRIMONIO

Siguiente Blog

GOBIERNO AUMENTA LAS TARIFAS DE AUTORRETENCIÓN
0 Comentarios on IMPUESTOS Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA ARTISTAS Y CREADORES DE CONTENIDO

Post a comment Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentarios recientes
    Categorías
    • ARTICULO
    • Conceptos u Oficios
    • Uncategorized
    Etiquetas
    2023 2025 ARTICULO ALZA ASESORIA TRIBUTARIA AUDITORIA BENEFICIOS TRIBUTARIOS calendariotributario CARGA IMPOSITIVA Comunicado Alza DIAN CONCEPTO Nº 001505 DIAN oficio 0029 DIAN oficio 0056 DIAN Oficio 0057 DIAN Oficio 0066 DIAN Oficio 0066 Impuesto sobre la renta DIAN oficio 0086 DIAN Oficio 0097 DIAN oficio 0388 Importación Temporal DIAN oficio 0416 DIAN oficio 0416 Impuesto Nacional DIAN Oficio100202208-0191 DIAN Oficio 100208192-306 DIAN Oficio 100208221-000176 DIAN Oficio 100208221-000179 DIAN Oficio 100208221-000183 DIAN Oficio 100208221-000190 Oficio100208221-000190 DIAN Oficio 100208221-000192 DIAN Oficio 100208221-000320 EMPRESARIOS EMPRESAS ESTRATEGIAS FISCALES IMPUESTOS Oficio0388 Oficio 100208192-306 Oficio 100208221-000176 Oficio 100208221-000179 Oficio 100208221-000183 Oficio 100208221-000188 Oficio 100208221-000320 PLANEACIÓN TRIBUTARIA REVISORIA FISCAL TENDENCIA TerminacióndelaModalidad TRIBUTARIO
    Scroll
    Grupo Alza SAS
    • Inicio
    • Servicios
    • Clientes
    • Actualizaciones
    • Contáctenos

    Nosotros

    Políticas de Privacidad

    Dirección: Cra 16 # 93 – 11

    Teléfono: 7560690

    Celular: 3124991403 – 3213727588

    Email: asociados@alzasas.com

    Síguenos
    Facebook
    YouTube
    LinkedIn
    Instagram
    Copyright © 2021 - ALZA SAS

    WhatsApp us